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Jueves, 09 de septiembre de 2010
 
 
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La Homologación: El Marcaje de un senderos con las marcas GR®, PR® y SL®
  En contra de lo que se pueda pensar, marcar un sendero no es “coser y cantar”; su destino como instalación deportiva para la mayoría de los españoles hace que se necesite una mínimo de conocimientos técnicos y un bagaje profesional sustancial.
 
 

Cualquier persona o institución que desee emplear las marcas registradas para señalizar un sendero ha de dirigirse a la federación por cuyo territorio discurra.  El proceso por el que la federación concede su uso se llama HOMOLOGACION.

La homologación es un proceso federativo que se centra en garantizar la seguridad del senderista, comprobar que se cumplen unos mínimos de calidad y asegurar una homogeneidad de la red de senderos por toda España.

Hay un protocolo de homologación general que puede estar desarrollado por las federaciones para adaptarlo a su realidad geográfica. Lo expresado en los mismos busca garantizar la seguridad jurídica, con la presentación de los permisos pertinentes de ayuntamientos, propietarios, autoridad medioambiental, etc.. Otro elemento importante del mismo, es marcar los mínimos de seguridad, calidad y homogeneidad que deben tener. Y por último comprometer al promotor del sendero en el mantenimiento de las condiciones generales del mismo.

Las federaciones pueden proceder a la deshomologación de un sendero: ante el incumplimiento en las condiciones de homologación, cuando se constaten nuevas circunstancias que afecten a la seguridad del usuario, cuando acciones antrópicas o de la naturaleza sobrevenidas impidan la continuidad del sendero o cuando no haya un mantenimiento correcto.  También se podrá llegar a este resultado cuando  causas ambientales (verificadas cienfícamente y enunciadas por la administración competente) así lo requieran.

 

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