Aprobación del correo electrónico como canal de comunicación
La Junta Electoral acuerda habilitar como canal de comunicación a efectos de determinados trámites del procedimiento electoral el correo electrónico elecciones2020@fedme.es siempre que los escritos vayan firmados con certificado electrónico (firma electrónica).
Los trámites para los que se habilita el indicado canal son:
1. Reclamaciones censo provisional
2. Solicitud cambio estamento
3. Presentación de candidaturas a la asamblea.
4. Solicitud del voto por correo.
Se acuerda publicar en la web de la federación los trámites para los que se habilita el canal anterior.